Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían sesiones privadas como regla general para los plenos judiciales y mecanismos de evaluación de candidaturas contrarios al modelo federal. La decisión, tomada en la sesión del Pleno del 23 de marzo de 2026, involucró al Poder Ejecutivo Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos como actores promotores de las controversias.
En el caso de Durango, la Corte determinó la invalidez de una norma que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia del estado. Esta disposición fue cuestionada por contravenir los principios de publicidad y transparencia que deben regir la función jurisdiccional. Además de lo referente a las sesiones, las fuentes indican que también se invalidaron artículos relacionados con la duración de los mandatos, aunque los detalles específicos de estas otras disposiciones no fueron completamente especificados en los reportes iniciales.
Respecto a Nayarit, el órgano constitucional eliminó el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, al considerar que este esquema contravenía el modelo federal establecido para la selección de magistrados y jueces. La resolución también reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit, al no incorporar en su normativa los principios de insaculación y paridad de género, elementos considerados esenciales para garantizar la equidad en el acceso a la justicia.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron acumuladas y discutidas en el seno de la Suprema Corte, contando con la participación de los congresos locales de ambas entidades como partes responsables de las reformas impugnadas. La intervención del Poder Ejecutivo Federal y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos fue clave para llevar estos temas a la discusión del más alto tribunal del país, buscando alinear las legislaciones estatales con los estándares constitucionales nacionales.
La resolución de la SCJN tiene implicaciones directas en la organización judicial de ambos estados, obligando a los poderes locales a modificar sus marcos normativos para adecuarlos a lo dispuesto por la Corte. En Durango, esto implica garantizar la publicidad de las sesiones del tribunal, mientras que en Nayarit requiere la reestructuración de los procesos de evaluación y designación de operadores judiciales bajo los criterios de paridad y sorteo que la Corte identificó como omitidos.
Este precedente sienta las bases para que otros estados revisen sus propias legislaciones en materia de transparencia judicial y mecanismos de selección de personal, dado que la Suprema Corte ha marcado un criterio claro sobre la inconstitucionalidad de prácticas que opaquen el funcionamiento de los tribunales o que se desvinculen del sistema nacional de justicia. La implementación de estos cambios dependerá ahora de la voluntad legislativa de los congresos locales para emitir las nuevas normas correspondientes.