Ciudad De México, 25 de junio de 2026.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para la vinculación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con las líneas telefónicas celulares, modificando la fecha límite que originalmente se estableció para el 30 de junio de 2026.
La autoridad reguladora estableció un calendario escalonado para que los usuarios de líneas de prepago completen el trámite entre agosto y diciembre de 2026. La nueva fecha límite dependerá del último dígito del número telefónico de cada usuario.
De acuerdo con el cronograma divulgado, los números que terminan en 0 deberán registrarse antes del 15 de agosto, mientras que los que finalizan en 1 tienen hasta el 31 de agosto. Para los dígitos 2 y 3, los plazos vencen el 15 y 30 de septiembre, respectivamente. El calendario continúa con fechas límite el 15 y 31 de octubre para los dígitos 4 y 5; el 15 y 30 de noviembre para el 6 y 7; y finalmente el 15 y 31 de diciembre para los dígitos 8 y 9.
La CRT advirtió que, vencido el plazo correspondiente a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas no vinculadas en las siguientes 72 horas. Durante esta suspensión, las líneas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su propia compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo. Una vez que se realice la vinculación, la operadora restablecerá todos los servicios, incluyendo llamadas, mensajes y datos móviles.
A la fecha del anuncio, ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones son de prepago y 22.8 millones son de pospago. Se indicó que las líneas de pospago generalmente ya se encuentran asociadas a una persona desde su contratación y no requieren un nuevo trámite.
El trámite no lo realiza el gobierno, sino que se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas, las cuales únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso. En caso de cometerse un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones señaló que “cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión”. Con esta medida, México se suma a una práctica vigente en 166 países donde la activación de líneas requiere algún mecanismo de identificación del usuario.