Ciudad De México, 08 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda inmovilizar cuentas bancarias sin orden judicial previa cuando existan indicios de recursos ilícitos. En este contexto, el tribunal desechó dos recursos de impedimento interpuestos por el empresario Ricardo Salinas Pliego contra las ministras Loretta Ortiz Ahlf y María Estela Ríos González, quienes participan en la resolución del amparo en revisión 492/2023.
La Corte notificó el pasado lunes, mediante listas electrónicas, la interposición de dichos recursos, con los que suman 10 los intentos del empresario para recusar a diversos ministros, incluidos integrantes de la anterior conformación del tribunal. La determinación del pleno establece que los argumentos del promovente evidencian que la medida se hace valer “con el propósito de dilatar o entorpecer la resolución del amparo en revisión, por lo que se impone desecharlo de plano”.
El asunto fue programado a discusión para mañana en el pleno, bajo un proyecto elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien propone sobreseer el recurso del empresario. De aprobarse este proyecto, la UIF conservaría su facultad para acceder a información patrimonial y financiera con fines de supervisión y combate a delitos como lavado de dinero y terrorismo.
Además, la autoridad podrá continuar por hasta 10 años el análisis de información bancaria del dueño de Grupo Salinas, solicitada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en diciembre de 2021, junto con la de otros 78 empresarios. Investigaciones previas indican que Grupo Salinas ha desplegado en años recientes una estrategia de recursos legales ante la SCJN, principalmente recusaciones de ministros, en los juicios que ha promovido.
Frente a estas facultades, Jorge Sepúlveda, primer vicepresidente de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, advirtió que esta medida otorga amplias facultades a una autoridad administrativa “sin garantizar plenamente el derecho de audiencia previo”.