Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, respondió a la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición contra los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera, modificada en 2022.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra actuó como ponente del proyecto de sentencia, el cual fue aprobado por el alto tribunal. En su análisis, la Corte concluyó que la normativa no requiere de una consulta previa a pueblos indígenas y afroamexicanos, al determinar que se trata de una norma de carácter general sin un impacto directo e inmediato sobre dichas comunidades.
Con este fallo, se valida el marco jurídico que establece al litio como un recurso estratégico bajo control gubernamental, cerrando la vía legal para que privados participen en estas actividades. La decisión confirma la interpretación de que la explotación de este mineral corresponde a las áreas prioritarias definidas por la nación.
La acción de inconstitucionalidad fue el mecanismo utilizado por los legisladores opositores para cuestionar la validez de los cambios legislativos implementados hace cuatro años. Sin embargo, el criterio mayoritario de los ministros descartó los argumentos de ilegalidad presentados en la demanda.
Esta resolución pone fin a la controversia jurídica sobre la propiedad y gestión del litio en el país, consolidando la postura del Estado como único titular de los derechos de exploración y explotación. La decisión tiene implicaciones directas en la política energética y minera nacional a largo plazo.